RAFA - UNA PESADA MOCHILA A LA QUE LE SIGUEN AGREGANDO PLOMO
La Afip aumentó un 33% la tasa de interés de financiación de deudas impositivas y previsionales. APYME solicita que se contemple la situación de las Mipymes.
En efecto, según la RG 2131, la Afip obliga a los contribuyentes a incrementar la tasa de financiación de las cuotas del RAFA no sólo para los nuevos planes sino también, y retroactivamente desde el 1ro de julio de 2006, para los vigentes.
Al adherir al RAFA el contribuyente no entra en una moratoria sino que exterioriza el 100% de sus obligaciones adeudadas con más el 100% de los intereses resarcitorios, punitorios, multas y demás costas y honorarios en su caso.
Es decir, se puso y se pone al hombro en forma compulsiva una pesada mochila de plomo acosado por embargos o juicios ejecutivos. Con intereses que van -según el período- desde el 48% al 24% anual, la actualización de la deuda se puede multiplicar varias veces. Ahora la tasa de financiación de la deuda pasó del 1,5 % al 2% mensual para calcular cada cuota, con lo que la presión se torna intolerable para las micro y pequeñas empresas.
Es llamativo que se pretenda aplicar la reciente modificación a los planes presentados y aprobados con anterioridad.
No se trata de discutir sólo la legalidad de la pretensión de la AFIP sino además su aplicación a las Mipymes, que reducirá el capital de trabajo para pagar sueldos, realizar nuevas inversiones y hacer frente al desafío que plantea la actual coyuntura económica.
El Gobierno se comprometió a tener en cuenta esta situación de las empresas de menor porte en cuanto a deudas con la Afip, pero el ente recaudador parece marchar por otra vía: la RG 2131 aumenta el interés de las cuotas del RAFA en un 33,33% (del 1,5% pasa al 2% mensual ).Para que una coyuntura favorable se sustente en el tiempo, deberá apoyarse ante todo en las Mipymes, generadoras auténticas de los nuevos puestos de trabajo y de la mayoría de las inversiones e innovaciones tecnológicas.
APYME solicita que se formalice un nuevo instrumento de facilidades de pago exclusivamente para las Mypymes, con condonación de recargos y multas y con interés de financiación atado a la tasa Libor y cuotas flexibles de acuerdo con la evolución de sus economías.
Departamento de Economía
Buenos Aires, viernes 20 de octubre de 2006